Hiper Tambo S. L. tendrá que pagar 111.497,66 euros al que fue uno de sus trabajadores, Francisco Javier Bravo Díaz. Bravo trabajaba en el establecimiento que la empresa tiene en la avenida de Alemania cuando, el 26 de febrero de 2002, sufrió una caída. Como consecuencia de la misma sufrió rotura del ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha. Estuvo de baja laboral más de un año y recibió el alta con una propuesta para ser declarado en situación de invalidez permanente total. El Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció ese grado de invalidez el 26 de enero de 2004.

El trabajador interpuso una demanda por daños y perjuicios contra la empresa al considerar que ésta no había tomado las medidas necesarias para prevenir el accidente. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cáceres desestimó su demanda en una sentencia de 3 de diciembre del 2007, pero Bravo recurrió a la Audiencia Provincial, que ahora le da la razón.

En la sentencia 542/07, la Audiencia considera probado que la empresa tuvo responsabilidad en el accidente por falta de prevención. La Audiencia señala que el suelo de la carnicería en la que Bravo desempeñaba su trabajo tenía que ser antideslizante y que los trabajadores tenían que utilizar calzado adecuado. El Tribunal considera probado que ninguna de esas obligaciones se cumplía, por lo que atribuye responsabilidad a la empresa y la condena. Aunque el trabajador pedía inicialmente 147.862,71 euros, se estima parcialmente el recurso planteado y se condena a Tambo a pagar la cantidad citada al inicio de la información.