Un hombre condenado a tres meses de prisión por un delito de exhibicionismo y provocación sexual tendrá además que someterse a tratamiento de desintoxicación alcohólica por imposición judicial. Así lo ha determinado el magistrado del Juzgado de lo Penal de Cáceres en una sentencia hecha pública ayer que enjuicia unos hechos ocurridos en el parque de Cánovas la noche del 27 de agosto del año pasado.

Aquel día, sobre las 23.00, el acusado, cuya identidad responde a las iniciales M. G. T., se encontraba en el paseo del centro de la ciudad y al observar que en la zona de juegos infantiles había, además de niños, varias mujeres, se quedó con medio torso desnudo, se bajó los pantalones y los calzoncillos, enseñando el órgano sexual tanto a las mujeres como a los niños, según la descripción de los hechos que se hace en el fallo judicial.

CIRCUNSTANCIA ATENUANTE En la sentencia, dictada de conformidad con las partes, se reconoce que el inculpado padece un trastorno alcohólico que le ha conducido a un deterioro cognitivo, lo que le produce una disminución de sus capacidades intelectivas y volitivas, aunque sin llegar a anularlas.

Debido a esta circunstancia atenuante, según valora el magistrado de lo Penal, se le impone, además de la pena de prisión y como medida de seguridad, la obligación de someterse a tratamiento ambulatorio externo en un centro adecuado para lograr su deshabituación al alcohol. Dicho tratamiento no puede exceder de dos años y se le impone como condición que, de no seguir la terapia, se le privará de libertad según la condena establecida. La sentencia es firme, por lo que no cabe recurso contra ella.