El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Gobierno central contra un precepto de la Ley de Colegios Profesionales de Extremadura, que alude a la obligatoriedad o no de colegiarse, cuestión que, según el Ejecutivo central, es competencia exclusiva de la Administración del Estado.

De este modo, el Constitucional, de acuerdo con la decisión adoptada, estudiará si el inciso recurrido es o no constitucional, por lo que ha trasladado al Congreso y al Senado, así como a la Asamblea y Consejo de Gobierno de la Junta la demanda y los documentos presentados para que en un plazo de quince días aporten las alegaciones que estimen convenientes en el proceso.

El Consejo de Ministros acordó el pasado 21 de febrero recurrir esa ley extremeña, aprobada en diciembre de 2002, al entender que el artículo 17.1, que exime de colegiación al personal al servicio de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma "para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquellas", es "formal y materialmente anticonstitucional".