El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado "ajustada a derecho" la decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 25 de enero de 2000, de no renovar la concesión administrativa de cinco emisoras de radio, cuatro que emitían la programación de Onda Cero, y una quinta, adjudicada al alcalde de Mérida, que emitía la de la Cadena Cope.

El TSJEx, en 4 sentencias de 19 de diciembre de 2003, comunicadas a la Junta de Extremadura el día 3 de enero de 2004, considera que "no existe por parte de los adjudicatarios un riguroso cumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión, y ese incumplimiento tiene entidad suficiente para producir el efecto resolutorio del contrato y no renovar la concesión".

Para el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura "las concesiones administrativas para la gestión del servicio público de radiodifusión nacen con un tiempo de duración legalmente determinado (10 años), de tal manera que en el momento de solicitar la renovación (pasados 10 años desde la concesión o sucesivas renovaciones), la Administración tiene competencias para examinar el cumplimiento de los requisitos.