La maquinaria para obras debe indicar su nivel de ruido, y no podrán trabajar antes de las ocho de la mañana y después de las ocho de la tarde. Se excluyen de estas condiciones las obras urgentes. Las obras en el interior de edificios no podrán realizarse antes de las 9.30 horas los sábados, domingos y festivos. Además, se prohíbe la carga y descarga de mercancías y la manipulación de material entre las once de la noche y las ocho de la mañana. Los bares deberán medir el ruido de terrazas.

Los supermercados deben tener aislamiento suficiente con edificios adjuntos para evitar la molestia de los carros de la compra.