WVw ivimos en uno de los países más seguros del mundo y vivimos en un Estado democrático pleno: aunar estos dos elementos no resulta fácil. Bajo el prisma de este delicado equilibrio, hay que valorar las medidas penales anunciadas al alimón por los ministerios de Justicia e Interior. Como toda medida penal supone una disminución legítima de derechos del que la sufre, habrá que ver si el sacrificio de derechos es proporcional al fin de seguridad que se pretende.

Aun a falta de analizar un texto articulado del anteproyecto, no parece que la castración química de los violadores sea ninguna solución. Sus efectos distan mucho de ser seguros y eficaces: no disminuye el impulso sexual, aunque en buena medida sí la fertilidad del afectado. Sacrificar un derecho basándose en una dudosa eficacia no es de recibo. En cambio, la vigilancia, incluso hasta por 20 años, de determinados delincuentes sexuales y ciertos terroristas es positivamente valorable, siempre que cuente con la estricta supervisión judicial y suponga una auténtica vigilancia; es decir, algo más eficaz y no solo nominal que la que reciben mujeres en situación de riesgo.

Por otro lado, habría que centrar la no prescripción de ciertos delitos de terrorismo en aquellos equiparables a los crímenes contra la humanidad, como los atentados del 11-S o del 11-M. El gansterismo etarra no cabe en tal definición y sería más provechoso una mejor aplicación de la ley vigente tanto en materia de medidas de alejamiento como de responsabilidad civil. No se olvide, por último, que esta reforma tardará años en llevarse a la práctica: se aplicaría a los delitos cometidos tras su entrada en vigor y no a los ahora juzgados.