XCxada día varías mujeres son maltratadas por sus maridos o parejas en Extremadura. En España ese número se multiplica por cien. Aunque cada caso, como no podía ser de otra forma, merece un tratamiento singular, todos tienen un denominador común: la vejación y eliminación del derecho de cualquier ser humano a vivir libremente. Todos los días 140 mujeres se dirigen a las comisarías de Policía o los cuarteles de la Guardia Civil para denunciar malos tratos. En 2003 murieron 67 mujeres a manos de sus parejas. Durante lo que llevamos de año han sido 36 las que han pasado a engrosar la terrorífica lista de víctimas de la violencia de género. Pero hay más datos: la violencia doméstica es la principal causa de muerte o invalidez entre las europeas de 16 a 44 años.

Por tanto, podemos concluir que se trata de un problema social grave, un drama que viven las mujeres de nuestro país, por el simple hecho de nacer con género femenino. Los trágicos hechos que nos abofetean cada día y la erradicación de esta lacra social es lo que ha llevado al gobierno español a aprobar el primer proyecto de ley europeo contra la violencia de género. Este proyecto de ley obedece también al mandato constitucional que obliga a la eliminación de las desigualdades, en este caso en un colectivo específico, que es el de las mujeres. Así lo impone el artículo 9.2 de la Carta Magna: "Corresponden a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social" . Lo dice el Gobierno, pero también el Consejo de Estado, el Consejo Económico y Social, la Fiscalía General y el Consejo Escolar.

A través de esta ley se pretende "remover obstáculos" para fomentar la igualdad de las mujeres. Nuestra Constitución y la ONU o el Parlamento europeo, por ejemplo, defienden el principio de "igualdad efectiva". Según este principio, es necesario que haya leyes para proteger a colectivos específicos más vulnerables, como pueden ser los niños o las personas con discapacidad. Todos entendemos también que, por ejemplo, un homicidio cometido por un terrorista tenga más pena que uno cometido por un delincuente común. De manera similar debemos entender que las agresiones cometidas por un hombre en el ámbito afectivo de las relaciones de pareja sean más graves que las cometidas en otros ámbitos. Máxime si el 90% de las agresiones en pareja son sufridas por mujeres, por lo que son ellas a quienes el estado debe proteger, como manda la Constitución, para que la igualdad sea efectiva y real. Eso no significa, ni mucho menos, dejar desprotegidos a niños o ancianos, al contrario. La ley integral contra la violencia de género presta protección adicional a las mujeres en el ámbito específico de sus relaciones afectivas, porque son ellas quienes padecen la violencia en mayor medida. El Código Penal ya establece penas más graves a quien abuse de su superioridad (art. 22.2), a quienes provocan lesiones a niños (art. 148), a quien ataca en el ámbito doméstico (art. 173.2), y a quienes están unidos por parentesco a la víctima (art.23). La Ley Integral, además, prevé medidas de protección de los hijos de las víctimas de violencia de género.

A pesar de todo esto aún hay sectores conservadores de la sociedad española, afortunadamente minoritarios, que se resisten a que la igualdad entre hombres y mujeres sea real y efectiva. El gobierno quiere plantear una ley dura porque éste es un problema duro, o es que acaso tenemos que continuar aguantando con los brazos cruzados cómo las mujeres pierden su derecho a vivir libremente.

*Delegada del Gobiernoen Extremadura