La Guardia Civil imputa un delito contra la seguridad vial a un ciudadano portugués que conducía de forma temeraria por la A-66, a la altura de Fuente de Cantos. Además, el conductor también se negó a realizar las pruebas de alcohol y drogas.

Los hechos se registraron el domingo 18 de julio, en plena segunda operación salida de verano. Ese día, la Central Operativa de la Agrupación de Tráfico en Badajoz recibió aviso sobre la "conducta temeraria" con la que circulaba un camión articulado de transporte de mercancías, "invadiendo tanto el arcén como ambos carriles de circulación", resalta la Guardia Civil en una nota de prensa recogida por la agencia Europa Press.

Con esta información, la Guardia Civil estableció un dispositivo para la localización del vehículo, que se interceptó a su paso por Fuente de Cantos, y una vez identificado su conductor, un ciudadano portugués, los agentes observaron en su comportamiento "evidentes síntomas de hallarse bajo la influencia de alcohol o drogas", por lo que fue requerido para someterse a las pruebas legalmente establecidas, a las que se negó.

Por este motivo, y ante los "síntomas externos tan evidentes que el conductor del camión presentaba y que afectaba a las facultades psicofísicas necesarias para la conducción segura", los agentes le instruyeron diligencias como investigado por los posibles delitos contra la seguridad vial, al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de alcohol o drogas y la negativa a someterse a la comprobación de las tasas de alcoholemia y presencia de drogas.

Esta actuación fue llevada a cabo por agentes pertenecientes a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil del Subsector de Badajoz, que entregaron las correspondientes diligencias en el Juzgado de Instrucción de Zafra.

Una actuación en la que la Guardia Civil ha agradecido la colaboración ciudadana, que ha facilitado la tarea de la Agrupación de Tráfico como garantes de la seguridad vial.

Las sanciones

Ante esta situación, la Guardia Civil señala que este conductor se enfrenta a penas de prisión de tres a seis meses, a multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Además, no podrá conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años, y penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años, sin perjuicio de la sanción administrativa que dio inicio a la actuación de los agentes, la conducción temeraria.