EL JUZGADO VALORA LOS HECHOS OCURRIDOS EN LA MADRUGADA DEL 22 DE OCTUBRE

El portero que condujo de forma temeraria en la Madrila no será juzgado por un delito penal

Sí tendrá que afrontar una sanción administrativa, con multa de 500 euros y retirada de 6 puntos del carnet de conducir

No dio positivo en ningún tipo de sustancia estupefaciente ni en alcohol

VÍDEO | Altercado en La Madrila de Cáceres

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¡El Juzgado de Instrucción número 2 de Cáceres celebró el martes diligencias urgentes para determinar la posibilidad de que los hechos acaecidos el pasado 22 de octubre en la Madrila, cuando el portero de una discoteca condujo de forma temeraria, lo que motivó además que la Policía Nacional disparara al aire para poner fin a la situación, pudieran ser constitutivos delito y por tanto derivar o no en juicio rápido. El caso ha sido finalmente sobreseído por el juez (el auto escrito se espera estos días) porque la Fiscalía no ha considerado acusarle de un delito penal de conducción temeraria, a lo que se ha sumado la defensa, representada por el abogado Ángel Luis Aparicio.

El joven, que dio negativo en drogas y alcohol, sí tendrá que afrontar la sanción administrativa interpuesta por la Policía Local en el acta de infracción, que le aplica el artículo 3.1 del Código de Circulación, con multa de 500 euros y retirada de 6 puntos del carnet por conducción temeraria.

El abogado considera que de este modo se hace justicia a unos hechos que se han “sobredimensionado por la viralización de un vídeo grabado en ese momento” y su publicación en todo tipo de medios, incluso nacionales. “Se ha llegado a interpretar que él pretendía atropellar a una persona y a las que se pusieran por delante, pero no era así. Depende de los fotogramas que veas, se aprecia que no hay peligro ni riesgo para la vida de las personas. Él lo ha pasado fatal estos días”, desvela el letrado.

El suceso tuvo lugar en la madrugada del 21 al 22 de octubre, en la plaza de Albatros de la Madrila. En esa misma ubicación trabaja el portero para un conocido pub de la ciudad. “Hacia la una y media tuvo que impedir el paso a una persona que había mostrado comportamientos conflictivos, y esa persona le refirió sucesivas amenazas de muerte hacia él y hacia su hijo, que pueden verse en dos vídeos”. Cuando acabó la jornada, “mi cliente cogió su coche y entró en Albatros para esperar y recoger a otro amigo, e irse a casa con él por protección, para resguardar a su hijo de esas amenazas”.

La policía actuó "correctamente"

En los vídeos se aprecia que circuló por la plaza a velocidad excesiva, de ahí que “la Policía Nacional actuara correctamente dentro de sus funciones, y dentro de la situación de nivel 4 de alerta terrorista que vivimos ahora mismo en el país”, reconoce el propio abogado. Un agente disparó al aire, el joven frenó. “Le dieron el alto y en ningún momento puso ninguna objeción, se identificó y se mostró pasivo y colaborador”.

La Policía Local tramitó por un lado la sanción administrativa, que deberá cumplir finalmente (multa y retirada de puntos) por contravenir las normas de circulación con una conducción temeraria. Por otro, instruyó un atestado por si los hechos pudieran ser constitutivos de delito. El juzgado lo ha archivado al no apreciarse los elementos recogidos en artículo 380 del Código Penal para considerar delictiva una conducción temeraria.

Por cierto que la Policía Local ha colocado una nueva placa que prohíbe el acceso rodado a la parte de la plaza de Albatros donde descargan los proveedores, por la que entró con su coche el joven portero.

Cabe recordar que el Juzgado de Instrucción Número 1 de Cáceres ya condenó el 24 de octubre al hombre que le había amenazado. Le ha interpuesto una pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros, así como la prohibición de acercarse al denunciante durante seis meses a menos de 100 metros, o comunicar con él, por un delito leve de amenazas.

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