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Condena por imponer cláusulas desproporcionadas

El Santander tendrá que devolver 11.430 euros a un cliente por cobrarle intereses abusivos

El Santander tendrá que devolver 11.430 euros a un cliente por cobrarle intereses abusivos

La Audiencia de Sevilla ha condenado al Banco Santander a devolver 11.430 euros a un cliente por los intereses "abusivos" y "desproporcionados" que le cobró por un préstamo hipotecario durante 13 años. La Sección Octava, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, considera que el Banco Santander vulneró la Ley de Consumidores y Usuarios al imponer unas cláusulas que perjudicaban "de manera desproporcionada o no equitativa" al consumidor.

En concreto, la entidad Hipotebansa, propiedad del citado banco, fijó un tipo de interés para el cliente afectado basado en la media de los intereses que, cada año, tuvieran establecidos el propio Banco Santander, la Banca Jover y el Banco Comercial Español, aunque se da la circunstancia de que las dos últimas entidades eran filiales o propiedad del primero.

De esta manera, según los jueces, quedó "en poder exclusivo" del banco condenado "la determinación de una parte del contenido del contrato financiero" lo que, además de vulnerar los derechos de los consumidores, ya estaba específicamente prohibido en aquella época por una circular del Banco de España. La sentencia condena al banco a devolver al cliente 11.430 euros, correspondientes a la diferencia entre lo cobrado entre 1992 y 2005 por su hipoteca y el interés legal del dinero en ese periodo.

La cláusula que fijó el tipo de interés del préstamo es "radicalmente nula" pues no se hizo "en atención a ningún parámetro de carácter objetivo" y "contraviene el requisito de la buena fe", dice el fallo. La Audiencia ha confirmado otra sentencia del juzgado de primera instancia 8, que anuló el tipo de interés variable fijado por el banco porque estaba sustentado "en parámetros económicos cerrados, no objetivos y no permeables a las oscilaciones reales del precio del dinero, al alza o a la baja".

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