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TRIBUNALES / MEDIOS DE COMUNICACIÓN PÚBLICOS

La Justicia valenciana declara nulo el ERE de Canal 9

Los despidos habían afectado a un millar de trabajadores. La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo

La Justicia valenciana declara nulo el ERE de Canal 9

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado la nulidad del expediente de regulación de empleo de Radiotelevisión Valenciana (RTVV), que fue aprobado en agosto del 2012 y ha afectado a un millar de trabajadores. La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Así lo señala la sentencia, hecha pública hoy, de la Sala de lo Social del TSJCV sobre el juicio celebrado el 22 y 23 de octubre pasados por las demandas colectivas presentadas por cuatro sindicatos contra esos despidos.

El fiscal había pedido la nulidad del ERE por posible vulneración de derechos fundamentales, ya que a su juicio la "alteración" del listado de afectados supuso un "trato discriminatorio" y no se aportó la documentación necesaria a la parte de los trabajadores, lo que se une a "irregularidades" en el procedimiento.

"MALA FE Y FRAUDE"

Los demandantes (CCOO, CGT, Intersindical Valenciana y UGT) también pedían la nulidad por estimar que no había causa para este ERE en la tele (Canal 9) y la radio públicas valencianas más allá de la "política", que la empresa actuó con "mala fe negocial" y que se vulneraron derechos fundamentales mediante el "fraude" en la aplicación de los criterios a los afectados y la falta de información.

Radiotelevisión Valenciana había pedido que se desestimaran las demandas colectivas al considerar que no se habían vulnerado derechos fundamentales y que el ERE, justificado por causas técnicas organizativas y sobre todo económicas, era "ajustado a derecho" y se había aplicado "con todas las cautelas" y sin discriminación.

El letrado de la Generalitat insistió en las causas económicas del ERE, ya que el descenso del volumen de negocios en los últimos años hace que si se mantiene la plantilla los costes les "desborden", y consideró que cuando se habla de dinero público hay que buscar "la eficacia".

REINCORPORACIONES

La sentencia que anula el ERE establece el «derecho a la reincorporación de los trabajadores afectados en sus correspondientes puestos de trabajo».

Contra la sentencia cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación, para lo que existe un plazo de cinco días.

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