Tribunales

La jueza archiva la causa por el ahorcamiento del muñeco de Sánchez en Nochevieja porque es crítica política

La Fiscalía de la Audiencia Nacional cesó sus diligencias y remitió el asunto a los juzgados ordinarios al existir ya una causa abierta

Una imagen del muñeco exhibido en Ferraz.

Una imagen del muñeco exhibido en Ferraz. / EP

Cristina Gallardo

La juez de Instrucción número 26 de Madrid, Concepción Jerez, ha acordado el sobreseimiento libre de la causa abierta a raíz de los hechos ocurridos en la pasada Nochevieja junto a la sede nacional del PSOE en la calle Ferraz, cuando se ahorcó y apaleó un muñeco identificado con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Frente a las tesis del partido, que veía un posible delito de incitación al odio por ideología política, a la violencia y al magnicidio, la magistrada encuadra el incidente en la mera "crítica política" y da cerrojazo al asunto.

Según el auto dictado por la magistrada, que tiene fecha de este jueves y al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, el apaleamiento al muñeco del presidente en Nochevieja se enmarcó "dentro de un ambiente festivo propio de ese día y probablemente después del consumo de bebidas alcohólicas". Añade que además desconoce la "ideología de los asistentes" que no vincula a ningún grupo en concreto y rechaza que la figura representada en la "piñata" golpeada se pareciera al presidente Sánchez.

Para la magistrada, los hechos deben entenderse como "una mera manifestación de la libertad de expresión, y como parte de la diversidad de opiniones y manifestaciones". Por ello, considera que no se buscaba injuriar al presidente del gobierno ni a su partido, sino "expresar descontento y protesta, de manera simbólica".

Aunque el PSOE denunció los hechos ante la Fiscalía y la de la Audiencia Nacional comenzó sus pesquisas -al afectar a posibles delitos contra las instituciones del Estado de las que es competente este órgano-, finalmente el asunto fue remitido a los juzgados ordinarios, concretamente al número 26, que ya tenía abiertas diligencias. Tales diligencias, según revela el auto, se abrieron a raíz de un atestado policial remitido por la Brigada de Información de la Comisaría Provincial de Madrid.

"La falta de educación no es delito"

Sobre la protesta en sí, la magistrada también manifiesta que quizá lo ocurrido en Ferraz "no esté bien visto desde un punto de vista cívico" y que el lenguaje empleado por los manifestantes sea vulgar y soez, a lo que añade que "la falta de educación no es delito". "Puede ser desagradable para el aludido o sus partidarios, pero no es delito", incide en su auto en relación con las expresiones recogidas por la Policía en su informe: "1,2,3 colgadlo de los pies”, “psicópata”, “ a por Sánchez oe, “ Pedro Sánchez hijo de puta” , “hay que quemar Ferraz“, “no es una sede, es un puticlub”.

Agrega que la concentración fue comunicada a la Delegación del Gobierno y que "el acto más violento realizado por los asistentes fue golpear una piñata, o muñeco de cartón, que representa a una figura con apariencia de varón unicejo, con orejas prominentes y nariz larga". En ningún caso, a juicio de la juez Jerez, su apariencia reproduce la imagen del presidente del Gobierno.

Para la magistrada, la libertad de expresión que recoge nuestra constitución también ampara, y de manera especial, aquellas manifestaciones "que puedan generar controversia, conmoción o preocupación". En una sociedad democrática, agrega, no se puede entender que toda persona que realiza una crítica a terceros debe ser perseguido penalmente. El propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según recuerda, ampara esta libertad en actos como ahorcamientos de figuras públicas o quemas de su imagen. La protección del honor de estas figuras aparece "debilitada" en nuestro ordenamiento, según añade la resolución hecha pública este viernes.

Descarta igualmente el delito de odio en este caso, porque hacer lo contrario "sería perjudicial para el pluralismo, la tolerancia y el espíritu que sustenta una sociedad democrática, como la nuestra". Para la magistrada, perseguir mensajes de odio está justificado cuando están motivados por cuestiones raciales, xenófobas o antisemitas, pero no cuando están dirigidos contra una institución sujeta a la crítica política, como lo es el poder ejecutivo.