Síguenos en redes sociales:

LOS AFECTADOS PEDIAN INDEMNIZACIONES COMO LAS DE LAS VICTIMAS DE ETA

La muertes de Puerto Hurraco no son víctimas de terrorismo, según un juez

El Supremo dice que los asesinos actuaron por ánimo de venganza.

La muertes de Puerto Hurraco no son víctimas de terrorismo, según un juez

La Sala de lo Contencios Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de un herido grave y tres familiares de fallecidos en el crimen de Puerto Hurraco (Badajoz) --donde murieron nueve personas y 10 resultaron heridas en agosto de 1990-- en el que reclaman que el Gobierno central les indemnice como víctimas del terrorismo.

En una sentencia hecha pública ayer, el tribunal argumenta que para ser tipificados como víctimas del terrorismo es necesario que el "propósito" del agresor sea "destruir los valores de la convivencia, de la tolerancia y de la libertad" y no sólo se produzca una "grave alteración de la paz y seguridad ciudadana".

Según el Supremo, el crimen de los hermanos Izquierdo Izquierdo, que asesinaron con sus escopetas de caza a nueve de sus vecinos, no perseguía este fin, puesto que actuaron movidos por un "exacerbado ánimo de venganza" contra los habitantes del pueblo, a los que "obsesivamente situaban en el bando de sus inveterados enemigos", la familia de los Cabanillas Rivera.

Además, la sentencia recuerda que la Audiencia Provincial de Badajoz ya sentenció en 1994 que "desde hace más de 30 años" ambas familias mantenían "gravísimos enfrentamientos", lo que llevó a los primeros a un "anormal aislamiento social" que "alimentaba sus propias fobias y obsesiones". Los cuatro demandantes recurrieron el Supremo después de que la Audiencia Nacional negase la indemnización que solicitaban al amparo de la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo.

Pulsa para ver más contenido para ti