Hacienda quiere las cuentas claras en las comunidades de vecinos. Por eso, gastos habituales que se realizan en edificios deberán declararse ante el fisco a partir de ahora. Reparación de bajantes, limpieza en general, pintado de interiores o mantenimiento de ascensores tendrán que declararse si se superan los 3.005 euros al año.

Desde el domingo 1 de febrero y hasta el 2 de marzo las comunidades están obligadas a cumplimentar el formulario 347 por primera vez, donde se informará con detalle de los gastos realizados con un mismo contratista superiores a los 3.005 euros a lo largo de 2014. Así figura en el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, que aprobó esta obligatoriedad para el ejercicio 2014. Hasta ahora, únicamente tenían obligación de presentar declaración las comunidades de propietarios que desarrollaran actividades empresariales o profesionales según lo dispuesto en la normativa del IVA. Se considera que el arrendamiento es una actividad empresarial, por lo que las comunidades que alquilaban elementos comunitarios (locales, fachadas o cubiertas) estaban obligadas declarar. A partir de ahora, serán todas las que registren gastos sin más por encima de los 3.005 euros en un mismo concepto, lo que les obliga a llevar una contabilidad bastante más detallada en lo concerniente a gastos comunes. Eso sí, quedan exentos los importes destinados a agua, electricidad, gas y seguro del edificio.

La Agencia Tributaria pretende sacar a la luz las bolsas de dinero negro que se 'esconden' en este ámbito. Se puede decir que no busca un posible fallo en la contabilidad de las comunidades de vecinos, sino a aquellos proveedores de servicios que no declaran lo facturado. El interés de Hacienda consiste en cruzar los datos de las declaraciones aportadas por las comunidades y las facturas entregadas por parte de las empresas. Así, el fisco conocerá los gastos realizados en albañilería, fontanería, jardinería, vigilancia, limpieza, mantenimiento de ascensores o espacios comunes, si bien sólo cuando se supere la cantidad referida, y podrá reclamar a determinadas empresas el pago del IVA percibido. Desde Hacienda se espera la afloración de una gran suma de dinero, dado que también las comunidad de propietarios se alejarán de los pagos en negro, los cuales han venido resultando habituales para este ámbito.

Según Alfonso Pérez Calleja, secretario del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Extremadura, la nueva normativa "no supone ningún trauma para las comunidades de vecinos que disponen de un profesional cualificado para llevar sus cuentas". En su opinión, el interés de Hacienda evidentemente es realizar una mayor inspección sobre los gastos/ingresos de los contribuyentes y aflorar así buena parte de la economía sumergida, pero la medida "viene a reforzar la garantía de los servicios que prestan los administradores de fincas". No en vano, las comunidades más antiguas que no dispongan de administrador y la contabilidad recaiga en un vecino, van a tener una dificultad añadida, ya que la nueva medida va a afectar a la mayor parte de las comunidades pues resulta muy habitual registrar gastos superiores a los 3.005 euros. Hay que tener en cuenta que se trata de la contabilidad de todo un año y que en los 3,005 euros de tope se incluye el IVA. "En un inmueble que disponga de 2 ascensores, por ejemplo, sólo el mantenimiento de los mismos es superior a este importe", declara Pérez Calleja.

En 2013 se realizaron por todo el territorio nacional 1.200 visitas de inspectores de Hacienda a comunidades de vecinos. A partir de ahora, lo tendrá mas fácil con el cruce de datos de la contabilidad de edificios y las facturas emitidas por empresas.