¿EN QUÉ CONSISTEN?

  • Es un instrumento legal para proteger a las víctimas de todo tipo de agresiones. Concentra en una única e inmediata resolución judicial (un auto) la adopción de medidas de protección de naturaleza penal y civil, y activa al mismo tiempo los mecanismos de asistencia social establecidos por el Estado, las comunidades y las corporaciones locales.

¿CUÁNDO SE DICTAN?

  • Si hay indicios fundados de la comisión de un delito o falta contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de una mujer (por parte de un hombre que sea o haya sido su cónyuge o que esté o haya estado ligado a ella por relaciones de afectividad, aun sin convivencia) y hay una situación objetiva de riesgo.

¿QUIÉN PUEDE PEDIRLAS?

  • La víctima, familiares, el órgano judicial, el Ministerio Fiscal o entidades asistenciales, públicas o privadas.