AGUAS INTERIORES

El patrimonio sumergido se refiere a los yacimientos que se encuentran bajo las aguas interiores, principalmente de embalses construidos durante el siglo XX y que lleva menos de una centuria por tanto anegado. El patrimonio subacuático es el que está bajo aguas marinas.

LA LEY NO LO CONTEMPLA

La Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura no hace ninguna referencia al patrimonio sumergido. Según la Consejería de Cultura, es uno de los aspectos que se quiere incluir en una nueva redacción de la Ley de Patrimonio en esta legislatura.

LA CARTA ARQUEOLÓGICA

Es un instrumento técnico que recoge con un grado suficiente de información, los yacimientos arqueológicos existentes. No hay ninguna de los pantanos y Extremadura aprobó desarrollar una de la región en el 2014.