Un registro de objetores de conciencia blindado
Desde Sanidad evitan dar información de cuántos profesionales han declarado que quieren ejercer su derecho a no aplicar la ley de eutanasia en Extremadura porque es «información confidencial no de acceso público»
Quince profesionales integran en Extremadura la Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda a morir, esto es, para aplicar la ley de eutanasia. Son siete médicos y tres enfermeras procedentes de Atención Primaria, Oncología, Anestesiología, Medicina Interna, Neurología, Cuidados Paliativos y el Comité de Bioética, así como la subdirectora de Cuidados y Humanización del SES. Además, hay un profesional del ámbito de la Salud Mental, que de acuerdo con el decreto se trata de una psicóloga clínica. Y completan la lista tres profesionales del ámbito jurídico de diferente procedencia y una trabajadora social. Preside la comisión Ignacio Torres Solís, médico especialista en psiquiatría y responsable de atención sociosanitaria y salud en la subdirección de Salud Mental y Programas Asistenciales.
Este equipo es el que se encarga de hacer las diversas valoraciones cuando llega una petición por parte de un paciente.
El SES recibe la primera petición para aplicar la ley de eutanasia
De manera cronológica, el proceso consta de las siguientes fases: primera solicitud al médico responsable, primer proceso deliberativo, segunda solicitud, segundo proceso deliberativo, valoración y certificación favorable del médico responsable, firma del consentimiento informado de la persona solicitante, valoración y certificación favorable del médico consultor, y verificaciones previa y posterior por la Comisión de Garantías y Evaluación. El plazo, si todo es favorable, no se extiende más allá de unos 35 o 40 días.
La ley exige que se despejen todas las dudas de la persona solicitante antes de la firma del consentimiento informado.
Hasta ahí la información
Hasta ahí informan desde la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de cómo se está desarrollando la ley de eutanasia en Extremadura. Pero los datos de cuántos usuarios han querido hacer uso de este derecho están blindados. Al igual que en lo referente a cuántos sanitarios han decidido acogerse al registro de objetores de conciencia. «Es una información confidencial no de acceso público», dicen desde Sanidad.
La norma sí garantiza que si un profesional se declara objetor, el paciente tiene derecho a ser atendido por otro sanitario.
Asimismo, este registro de objeción de conciencia no es una lista cerrada, cualquier profesional puede entrar o salir de él si en algún momento cambia de criterio.
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