LICITACIÓN DEL TRANSPORTE SANITARIO

El contrato de ambulancias se despeja, ya sin más recursos

La Comisión Jurídica desestima el de USO contra la adjudicación del lote de Badajoz. El SES prevé elevar a definitiva la concesión a Ambuvital y activar ya el nuevo servicio

Una ambulancia de la empresa Ambuvital.

Una ambulancia de la empresa Ambuvital. / EL PERIÓDICO

El camino del nuevo contrato de ambulancias parece estar por fin despejado después de que la Comisión Jurídica haya desestimado el único recurso que quedaba pendiente: el recurso especial en materia de contratación que interpuso el sindicato Unión Sindical Obrera (USO) contra la adjudicación a Ambuvital del lote 1 del contrato, para la provincia de Badajoz, valorado en 242 millones. Con eso, el Servicio Extremeño de Salud (SES) puede elevar ya «a definitiva» la adjudicación provisional que se había acordado para Ambuvital, y que estaba paralizada junto al resto de la adjudicación, mientras se resolvía este último recurso. Según confirman desde el SES, ese paso se dará de forma inminente y a continuación se pondrá en marcha el nuevo contrato, casi seis meses después de que se iniciara el trámite.

La Comisión Jurídica ha rechazado los motivos que USO alegaba para sustentar «la impugnación» de la adjudicación que pedía. Argumentaba por un lado que Ambuvital no tenía Plan de Igualdad registrado cuando se presentó a la licitación y no lo tiene en el momento de la adjudicación; que no estaba al corriente de sus obligaciones en materia de formación de trabajadores; y que no cumplía con la obligación de contar al menos con un 2% de trabajadores con discapacidad. El recurso iba en la misma línea que el que el sindicato presentó para la adjudicación del lote 2, correspondiente a la provincia de Cáceres, también a la empresa Ambuvital. Ese recurso ya fue desestimado. 

Hay plan de igualdad

Como entonces, la Comisión Jurídica desestima el recurso y rechaza los argumentos de USO. En relación al Plan de Igualdad detalla que «entre la documentación obrante en el expediente» consta el acuerdo de la Dirección General de Trabajo, de fecha 30 de agosto de 2022, en la que se ordena «la inscripción del Plan de Igualdad (...) lo que impide entender a este órgano que el incumplimiento se produzca a fecha de hoy, ni por tanto al comienzo de la prestación del servicio». 

La Comisión Jurídica no cree acreditado la «temeridad» y «mala fe» por la que Ambuvital pedía sancionar a USO

En cuanto al resto de motivos que alegaba el sindicato, la Comisión Jurídica considera que «USO se basa para sustentarlo por ella afirmado en ‘dudas’» y por tanto lo desestima.

En la resolución, la Comisión Jurídica rechaza también la petición de Ambuvital en su escrito de alegaciones, para que se declarara la «temeridad» y «mala fe», y se multara al sindicato, puesto que a su juicio los recursos a la adjudicación de los dos lotes «buscan únicamente entorpecer la licitación». Considera ambas cuestiones, ni «se prueban adecuadamente» ni es posible apreciarlas, «al menos de forma evidente».