El aumento de actos vandálicos ha llevado a los ayuntamientos pacenses de Llerena y Olivenza a solicitar videovigilancia en la vía pública, para lo que han pedido permiso a la Delegación del Gobierno a fin de poder instalar videocámaras en algunas calles. Se trata de los primeros municipios extremeños que realizan esta solicitud, por lo que, de obtener el permiso necesario, serían también los primeros en contar con este sistema especial de vigilancia con el que poder mejorar la seguridad de sus ciudadanos y patrimonio.

En ambos casos, así lo indicaron ayer a EL PERIODICO sus respectivos alcaldes, Valentín Cortés y Ramón Rocha, sus solicitudes las justifican en el incremento de actos vandálicos detectado en determinadas zonas de sus localidades, en especial los fines de semana, así como en la imposibilidad de que puedan ser vigiladas por agentes de la Policía Local debido a los pocos efectivos de que disponen sus plantillas policiales.

Las solicitudes fueron estudiadas ayer por la Comisión de Garantías de Videovigilancia de Extremadura, que integran el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), su fiscal-jefe, un abogado del Estado y representantes de la Federación de Municipios, de la Administración General del Estado y de la Delegación del Gobierno, junto con dos asesores designados al efecto. La misión de esta comisión es emitir un informe previo a la aprobación por parte de la Delegación del Gobierno de la instalación de dichas cámaras.

TRAMITES Y FINES El presidente del TSJEx, Julio Márquez de Prado, confirmó que las de Llerena y Olivenza son las primeras peticiones que estudia esta comisión, "que es la primera vez que se reúne, ya que sus reuniones solo se producen cuando se presentan peticiones concretas".

Márquez de Prado, que no quiso pronunciarse sobre si habían informado favorablemente o no a las solicitudes de estas localidades, por estimar oportuno informar antes a la Delegación del Gobierno que a los medios de comunicación, explicó que la función de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia es la de analizar todos los aspectos de las solicitudes que se presenten "para garantizar que la instalación de las cámaras no suponga un atentado contra la intimidad de las personas y su propia imagen, y que se cumple la ley".

Señaló en este sentido que la instalación de videovigilancia en las vías públicas está regulada por la Ley Orgánica 4/97 de 4 de agosto y en ella se contempla, por ejemplo, que las grabaciones efectuadas por estas cámaras deben ser destruidas al mes de haberlas realizado, "siempre que no hayan registrado la comisión de un delito", así como que el permiso de la instalación es por un año, "aunque puede solicitarse su ampliación", concretó Márquez de Prado, quien recordó que quedan fuera de esta ley las cámaras de vigilancia de edificios públicos y las de tráfico.

El presidente del TSJEx matizó que estas cámaras solo registran la imagen, no el sonido, y que su instalación debe advertirse, "debe indicarse que hay cámaras de vigilancia en la zona, aunque no se especifique el lugar exacto".