El Juzgado de lo Penal nº2 de Mérida ha absuelto a un acusado de dos delitos de maltrato animal para el que la Fiscalía solicitaba, por cada uno de los dos delitos, la pena de 11 meses y 15 días de prisión, así como 2 años y 11 meses de inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales y para la tenencia de los mismos.

El magistrado considera probado que el 29 de agosto de 2020, sobre las 18.10 horas, se organizó una pelea de gallos, en presencia de menores de edad, en el rellano del portal 2, manzana 1 de la calle Juan Canet. Lo que no está probado es que el encausado, defendido por el abogado Fernando Cumbres, llevara a cabo los hechos denunciados. En la sentencia, se indica que la única prueba sobre la que se sustenta la acusación viene constituida por el atestado.

«No existe constancia objetiva que permita afirmar que las aves que según la agente estaban enzarzadas en una pelea fueran del tipo que se dice en el escrito de acusación (gallo español combatiente)», señala. En cuanto a las lesiones, "solo se advierten en las fotografías algunas gotas de sangre en el suelo, que podrían obedecer a otras causas distintas". «Todas estas dudas se hubieran despejado si las aves hubieran sido retiradas a su propietario en el momento de los hechos o momentos posteriores», subraya el juez.