El ayuntamiento suspendió provisionalmente el pasado 27 de octubre el cobro del impuesto de plusvalía para aquellos casos en los que lo reclame el contribuyente y siempre que demuestre que no se ha producido un beneficio en la transmisión o venta de la vivienda o inmueble. Esta suspensión se mantendrá hasta que entre en vigor la reforma pendiente en el impuesto de plusvalía, que entre otras cuestiones tendrá que regular cómo se acredita que no hay una ganancia, desde cuándo se aplica la exención del impuesto para estos casos y cómo se compensará a los ayuntamientos por la pérdida de ingresos. En función del nuevo marco normativo, las suspensiones derivarán en la anulación del impuesto o en el pago del mismo.

La suspensión es una consecuencia que se traslada a Cáceres de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró nulos los artículos de la Ley de Haciendas Locales que sometían a tributación situaciones en las que no se produce un incremento de valor en la transmisión o venta del inmueble y en las que no está justificada la imposición del impuesto. La suspensión también es resultado de lo estipulado en el proyecto de ley que modifica la legislación de Haciendas Locales.

La suspensión se fundamenta en una resolución de la alcaldía del pasado 27 de octubre que por delegación firmó la concejala de Economía, María Guardiola. En la resolución se recuerda que ante los recursos y reclamaciones presentadas y dado que la decisión sobre los mismos se puede dilatar porque hay que esperar a la reforma legislativa del impuesto, lo más conveniente es suspender provisionalmente el procedimiento de recaudación.

«Es por prudencia y para esperar a conocer en qué términos se aprobará» la reforma legislativa del impuesto, comentó Guardiola el pasado jueves. Con la resolución también se plasmó y se hizo efectivo el acuerdo alcanzado entre el gobierno local (PP) y Ciudadanos para la negociación de los presupuestos de 2018, uno de los requisito que había puesto Ciudadanos era la suspensión del cobro del impuesto de plusvalía.

PREVISIÓN / Otra consecuencia de los efectos de la sentencia del Constitucional y de no estar aún la regulación definitiva del impuesto es que en los presupuestos de 2018 se ha previsto una pérdida de ingresos en este tributo de 600.000 euros. Guardiola se refirió a las negociaciones abiertas entre la Femp y el Ministerio de Hacienda, de las que tendrá que salir «cómo se compensa a los ayuntamientos por esta merma».

De momento en el ayuntamiento ya había el pasado jueves 484 liquidaciones del impuesto que o bien están suspendidas o sobre las que se han presentado como consecuencia de la sentencia del Constitucional reclamaciones para la devolución de lo pagado. El número de recursos y reclamaciones es menor, ya que en un expediente puede haber varias liquidaciones. Sobre los mismos no se resolverá hasta que esté la reforma legislativa del impuesto.

Sí se devolvería ya el importe de lo pagado o se anularía la liquidación si hay una sentencia que lo diga. Son varios los procedimientos abiertos y uno ya es firme. En este último caso se han anulado cobros por 156.280 euros a Ceres House. El juzgado dio validez a los valores presentados por la empresa porque, entre otros motivos, la venta «fue otorgada por un administrador concursal», en el que concurre «un elemento de objetividad y control judicial», según se indica en una sentencia del pasado julio del TSJEx.