Utilizar un pagaré sin fondos para adquirir 2.500 euros en fruta ha sentado en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Cáceres a Joaquín O. D. El Ministerio Fiscal le imputaba un delito de estafa agravada por el que solicitaba dos años de prisión y 2.430 euros de multa, y esta es la condena que, de conformidad, se le ha impuesto por los hechos denunciados.

Al afectar a este delito la reforma del Código Penal que entrará en vigor el próximo día 23 de diciembre, en el sentido de verse reducidas sus penas, se alcanzó acuerdo al solicitar la fiscal que tras la entrada en vigor de la reforma la condena se fije en 8 meses. Será así siempre que el acusado abone a su víctima 2.537,50 euros --2.500 euros por el importe de la fruta que vendió al acusado y no cobró, y 37,50 euros que le cobró la entidad bancaria en concepto de comisión por devolución del pagaré--.

Los hechos por los que Joaquín O. ha sido condenado ocurrieron en la campaña agrícola del año 2005, cuando compró fruta a L. por un importe de 2.500 euros, librando para su abono un pagaré "con ánimo de lucro y pleno conocimiento de que el mismo sería devuelto por no tener saldo suficiente para su abono en la cuenta de la entidad bancaria que figuraba en el pagaré".