María del Carmen convivió con Angel durante al menos 20 años antes del fallecimiento de este, en julio del año pasado. Pero a pesar de esas dos décadas de convivencia no podrá recibir la pensión de viudedad que había solicitado.

Con fecha 13 de agosto del 2010 solicitó prestación de supervivencia, de viudedad, pero la Dirección Provincial del Instituto de la Seguridad Social en Cáceres se la denegó "por no haberse constituido formalmente como pareja de hecho con el fallecido al menos dos años antes del fallecimiento".

La mujer, en desacuerdo, recurrió a la vía judicial, pero ya en primera instancia, el magistrado titular del Juzgado de lo Social número 2 de la ciudad desestimó su demanda. Ella no se dio por vencida y acudió a instancias superiores. Recurrió la sentencia del Juzgado ante la Sala de lo Social del TSJEx, pero también esta lo ha desestimado, ha resuelto que no tiene derecho a la pensión de viudedad.