Zósimo Pascual y Purificación García han quedado libres de cargos respecto al presunto delito de asesinato que se les imputaba. No hubo crimen, por lo que el único hecho del que se les puede acusar es de ocultar el cadáver de Aurora en lugar de denunciar su muerte a las autoridades. Emparedaron a la fallecida, pero, y así lo recoge el titular del Juzgado 5 en su auto, "el actual Código Penal de 1995 no recoge precepto similar al antiguo artículo 339 del Código Penal de 1973, que castigaba las inhumaciones contraviniendo las leyes y reglamentos mortuorios", por lo que hoy su acto sólo podría conllevar una sanción administrativa, pero no un castigo penal.

Lo que sí ha apreciado el juez encargado de este caso es un posible delito de maltrato habitual por parte de Zósimo a su compañera, pues en las distintas declaraciones de ésta "se reseña que desde enero hasta su detención ha sido objeto de constantes malos tratos físicos y psíquicos por parte de Zósimo Pascual". Por ello, ha dado traslado del asunto al Juzgado 6, como Juzgado de Violencia sobre la Mujer.