La Junta de Extremadura tendrá que pagar los daños causados en un vehículo por un jabalí, el cual se atravesó en la calzada al paso del turismo sorprendiendo al conductor. Así lo ha resuelto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha estimado el recurso de José V. P., conductor del turismo, contra la resolución de la Consejería de Agricultura.

La Sala, según consta en su sentencia del pasado 15 de marzo, condena a la Administración autonómica a abonar al demandante 1.210,33 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la reclamación, que fue el 22 de noviembre del 2001.

Todo ocurrió sobre las 21.00 horas del 27 de febrero del 2000. José V. P. circulaba por la N-521 (Cáceres-Aliseda) cuando a la altura del kilómetro 17 se vio sorprendido por un jabalí que irrumpió en la calzada, "no pudiendo evitar colisionar contra él ante su repentina aparición".

El propietario del turismo reclamó los daños a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, pero se desestimó, como también desestimó posteriormente la demanda el Juzgado 1 de Cáceres, "al comprobarse que el animal procedía de un coto privado de caza menor".

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrarivo del TSJEx ha admitido el recurso del demandante y condenado a la Administración autonómica a pagar los daños. Se basa para ello en la Ley 8/90, de 21 de diciembre, de Caza de Extremadura, que establece que sólo en el caso de que el terreno disponga de aprovechamientos sobre el animal causante de los daños procederá la indemnización por parte del titular... Pero en el presente supuesto, según se hace constar, "se ha probado que el animal procedía de un coto de caza que no disponía de aprovechamientos de especies de caza mayor".

En consecuencia, concluye la sentencia, "procede declarar la responsabilidad de la Administración demandada".