El tribunal Contencioso Administrativo número 1 de Cáceres deniega la suspensión cautelar de la ejecución del acuerdo de pleno de 27 de julio del Ayuntamiento de Cáceres, que adjudicaba la concesión del agua a la empresa Acciona, y que había sido recurrido por la actual concesionaria, Canal de Isabel II.

Según el auto, la no suspensión de la resolución recurrida no compromete la efectividad de la sentencia que pudiera dictarse en el recurso abierto contra el concurso, porque en el caso de que fuera favorable al recurrente “ninguna dificultad ofrecería la adjudicación a su favor del contrato de concesión”.

Por el contrario, argumenta el auto judicial, “de la adopción de la medida cautelar interesada sí se derivarían perjuicios para el interés general”, como se pone de manifiesto en los informes de los técnicos municipales en los que se habla de quebranto de las arcas municipales por la imposibilidad de cobro del canon, además de mermas en el servicio al no poder acometerse las mejoras propuestas por la empresa.

Asimismo, la resolución judicial señala que los argumentos del recurrente sobre perjuicios financieros o de gestión empresarial no son “razón suficiente para acordar la suspensión” dado que no se ha acreditado que los daños que pueda sufrir la empresa sean “irreparables”.

Por todo, el auto ha procedido a la denegación de la suspensión cautelar de la ejecutividad de la resolución recurrida por el Canal de Isabel II.

El portavoz del equipo de Gobierno, Valentín Pacheco, muestra su satisfacción por el auto judicial, puesto que se podrá poner en marcha la adjudicación del concurso del agua con lo que supone. Pacheco menciona el cobro del canon que ayudará a mitigar la situación de las arcas municipales, además de las mejoras comprometidas en la red de aguas de la ciudad.