La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) anula, en sentencias del 15 de enero y el 19 de febrero del 2013 y del 22 de octubre del año 2012, tres disposiciones del plan general de urbanismo en vigor desde 2010 al aceptar los recursos presentados por vecinos y dos empresas. Dos de estas resoluciones afectan a unidades de planeamiento específico del plan general, una está en la Zambomba y otra en el sector 2 de la Sierrilla, mientras que la tercera afecta a la clasificación de 8 hectáreas junto al residencial Ceres Golf como no urbanizables de especial protección.

El tribunal acepta el recurso presentado por un grupo de vecinos de La Zambomba y anula el área de planeamiento que transformaba 12.501 metros cuadrados en suelo urbano no consolidado con 5.060 metros cuadrados edificables para la construcción de 22 casas entre La Zambomba y el paseo alto.

También acepta el recurso de la empresa Luntec, lo que anula el área de planeamiento que ampliaba la calle Arañuelo, que no tiene salida, hasta su conexión con la calle comarca de la Vera.

El motivo que da el tribunal para aceptar ambos recursos es que estos cambios en el planeamiento de la ciudad son sustanciales y se incorporaron al plan, tras realizar la última modificación del documento provisional, sin someterlo al trámite de información pública y consulta.

LICENCIA PARA EDIFICAR El ayuntamiento ya ha decidido aceptar la sentencia que anula la ampliación de la calle campo Arañuelo. La razón es que esta prolongación afecta a parcelas con licencias, algunas al proyecto básico y otras al de ejecución, para la construcción de viviendas. Las licencias se concedieron a Luntec en el año 2008. Para evitar las responsabilidades patrimoniales que se podrían reclamar al ayuntamiento por la concesión de estas licencias, el consistorio acepta la sentencia y se anula este área de planeamiento en la Sierrilla.

En cuanto a la sentencia que anula la edificación de 22 viviendas entre la Zambomba y el paseo Alto, construcción que ya se había descartado en el 2006 al aceptarse las alegaciones de los vecinos, pese a ello se volvió a meter en el plan general en 2009, el ayuntamiento ha pedido informes a sus técnicos sobre los efectos de esta sentencia y qué decisión tomar.

En la tercera sentencia, el TSJEx acepta el recurso presentado por Habana Antigua y anula la clasificación como suelo no urbanizable de especial protección de 8 hectáreas de dos fincas situadas junto al residencial Ceres Golf, terreno que conservaría su anterior clasificación de suelo no urbanizable comun.