Las hipotecas concedidas por más del 95% de la tasación, las inversiones financieras en empresas sin ánimo de permanencia, las transacciones de capital riesgo, los créditos morosos y la refinanciación de deudas van a ser consideradas operaciones de "alto riesgo". El Banco de España ha aprobado una norma que desincentiva la presencia de bancos y cajas en estos negocios, ya que endurece los requisitos de capital necesarios para cubrir la actividad.

Pese a lo que pudiera parecer, la circular no es consecuencia de la crisis financiera internacional, sino fruto de 10 años de trabajo en el marco de un acuerdo internacional llamado Basilea II. Con todo, fuentes del supervisor indicaron ayer que en Japón, único país que ya lo aplica, los efectos de la debacle financiera han sido "menos intensos o más tolerables" al introducir "incentivos muy claros" a la gestión del riesgo.

La normativa va a suponer una revolución. Muchas entidades confían en que les permita liberar recursos, pero el Banco de España no lo prevé, ni tampoco que se disparen las peticiones de capital.