Aceite de oliva virgen en garrafa de cinco litros. La primera unidad, 14,5 euros, la segunda unidad, al 70% (4,35 euros). Esta promoción le ha costado a Carrefour una sanción de 42.120 euros, la mayor impuesta en España por lo que se denomina 'venta a pérdidas' una práctica consistente en ofrecer un producto a un precio que se sitúa por debajo del precio al que se compró, lo que ejerce de efecto llamada para atraer a los clientes hasta el establecimiento en el que, además del producto promocionado, adquirirán otros en los que el establecimiento sí gana dinero.

Esta práctica es la que UPA denunció en enero de 2014 que se estaba llevando a cabo en los centros Carrefour con el aceite de oliva. La primera comunicación se trasladó a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), basándose en un estudio de mercado que demostraba que no se podía vender aceite de oliva virgen por debajo de los 2,20 euros por litro sin incurrir en pérdidas cuando la promoción que tenían en vigor en estas grandes superficies situaba el precio por litro en 1,89 euros. Sin embargo la AICA derivó la denuncia a la Consejería de Economía de la Junta de Extremadura al ser una promoción que se estaba llevando a cabo en los centros de esta multinacional en la región y esta ha resuelto ahora imponer la mayor sanción en España por este tipo de prácticas. Según consta en la resolución de la Junta, en la decisión se ha tenido en cuenta "la capacidad y solvencia económica de la empresa --no es una pyme y gestiona superficies de más de 2.500 metros--, la intencionalidad acreditada --lo promocionó en sus catálogos--, la duración de la infracción --la promoción duró más de siete días-- y el volumen de facturación".

14 VECES SUPERIOR Desde la organización agraria UPA-UCE valoraron ayer la decisión de la Junta y "la importancia de que se rompa la barrera de los 3.000 euros que existía hasta ahora", en palabras de Ignacio Huertas, secretario de UPA en la región, en referencia que las sanciones hasta ahora no habían superado nunca esta cifra.

En este sentido, desde la Consejería de Economía e Infraestructuras señalan que el proceso sancionador que se ha llevado a cabo ha sido "el habitual" y de acuerdo a la Ley de Comercio de Extremadura, La multa impuesta por la administración regional es 14 veces superior a las sanciones aplicadas hasta ahora con este tipo de prácticas en las grandes superficies. Este diario se puso ayer en contacto con Carrefour, que declinó pronunciarse sobre la decisión de la Junta.