El equipo de gobierno ha aprobado la modificación de dos puntos de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para regular la instalación de las antenas de telefonía móvil, que no podrán superar los cuatro metros de altura en el casco histórico y los nueve metros en el resto de la ciudad.

El segundo punto que se modifica se refiere a la ampliación de la altura de las antenas que se instalen en los edificios que no sean de uso residencial y sí sean de usos administrativos.

Así, en una planta baja más un piso, la altura no podrá superar los 11 metros; cuando el edificio tenga planta baja más dos pisos, la altura no rebasará los 16 metros; si se trata de un edificio de planta baja más tres pisos, la altura será de 21 metros y si en planta baja más cuatro pisos, será de 26 metros.

LA INTENCION El objetivo de esta nueva regulación es homogeneizar la normativa, ya que las parcelas dotacionales del planeamiento anterior tienen una ocupación, altura y edificabilidad distinta a las áreas dotacionales del plan vigente.

Con esta modificación, el equipo de gobierno quiere poner fin a los problemas que se presentaban cuando las empresas de telefonía móvil solicitaban permiso para instalar antenas en la ciudad, sobre todo en edificios de usos no residenciales, al no cumplir la ordenanza de altura máxima.

Por otra parte, la junta local de gobierno ha aprobado un modelo tipo para abrir zanjas, con sus medidas, que se aplicará tanto en el casco histórico como en las barriadas, en proyectos de reurbanización, que deberán incluir el soterramiento de toda las redes de energía eléctrica y telefonía.