Soy española, y he residido en España durante 26 años. Me trasladé a Irlanda por un tiempo y regresé a Madrid, mi ciudad natal, en junio del 2008. Al dar a luz a mi hija, en abril del 2009, solicité el abono anticipado del cobro único por nacimiento o adopción, el cual me ha sido denegado porque no cumplo el siguiente requisito: tener la residencia legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los dos años anteriores al nacimiento del bebé. Mi pareja y yo nos sentimos discriminados; aunque somos los dos españoles, se nos impide el cobro del pago único por nacimiento o adopción, y no se nos concede la posibilidad de que mi pareja solicite el abono de dicha subvención a menos que yo fallezca. Dado que mi pareja y yo, así como nuestra hija, somos españoles de pleno derecho, no logro comprender por qué nos deniegan el derecho a recibir esta ayuda del Gobierno. Recordemos las palabras del diputado del PSOE José Javier Mármol, cuando destacó que "el cheque bebé es una prestación social dentro del marco de la Seguridad Social destinada a resolver un problema en unas determinadas situaciones". En caso de que hubiésemos sido homosexuales, la ley nos daría el derecho de asignar el beneficiario, que en este caso sería mi pareja, ya que él sí cumple con los requisitos. Eso significa que se nos está discriminando respecto de las parejas homosexuales, ya que si estas realizan una adopción, basta con que uno de ellos sea español para obtenerla. El artículo 14 de la Constitución dice: "Todos los españoles son iguales ante la ley". Hay muchas lagunas legales en la ley del cheque bebé, que hacen de esta una ley inconstitucional que viola el más elemental de los derechos humanos, que es la igualdad.

Raquel Olmos **

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