Al entrar en vigor la nueva ley del aborto, en realidad un instrumento legal para mejorar la educación sexual de los españoles, reverdecen las mismas polémicas y se movilizan los mismos adversarios que en 1985 levantaron su voz contra la norma aprobada entonces. En aquel momento, al igual que ahora, el frente antiabortista esgrimió argumentos en defensa de la vida del no nacido que, en la práctica, aspiraban a limitar el derecho a decidir de las mujeres y, en última instancia, manejaban la posibilidad de mantener la interrupción del embarazo en el seno del Código Penal. Hubo, como está ocurriendo ahora con la nueva ley, un envoltorio de razonamientos de tipo moral, tan respetables como los de aquellos que, por razones asimismo morales, defienden la regulación del aborto, pero en el fondo alentó el propósito de mantenerlo penado.

Lo cierto es que la nueva ley mejora las garantías jurídicas de las mujeres que deciden abortar, las de los establecimientos a los que acuden y las del personal sanitario que practica las intervenciones, siendo este último, y a raíz de las denuncias contra las clínicas, uno de los argumentos que llevaron al Gobierno a plantear la reforma de la nomra anterior. Si a esto se añade que la ley del aborto, como es obvio, no conlleva ninguna obligación de general cumplimiento, sino que se limita a pautar una opción individual, las razones de los recurrentes ante el Tribunal Constitucional --el PP y el Gobierno de Navarra-- se antojan tan inconsistentes como lo fueron en su día las de los recurrentes de hace un cuarto de siglo. De igual modo, no tiene sentido que el TC suspenda la aplicación de la ley hasta resolver los recursos, como tampoco lo tiene que algunas comunidades gobernadas por el PP estén desde ayer poniendo palos en la rueda del cumplimiento de la nueva ley.

Quienes consideran que recurrir al aborto atenta contra sus convicciones más íntimas y profundas, es lógico que renuncien a acogerse a la ley que lo regula --a esta y a cualquier que, de una u otra manera, ampare la interrupción del embarazo--, pero queda fuera de toda lógica que intenten imponer sus basamentos morales al resto de la población. Si resulta, además, que la penalización del aborto nunca acabó con la práctica del mismo, pero causó grave daño a muchas mujeres, condenadas a abortar sin garantías sanitarias, la necesidad de la ley en 1985 y ahora es razonable. Como lo era establecer un marco jurídico más concreto que la ley de plazos, que supuso un gran avance en su momento, pero dejó al descubierto desde el principio puntos débiles que interesaban la seguridad jurídica, como el reiterado recurso al tercer supuesto: daños psíquicos para la madre. Con la nueva ley, mucho de esto se ha corregido.