La Audiencia de Cáceres confirma la sentencia del juzgado de Plasencia inhabilitando a la corporación de Losar de la Vera del 2005 por prevaricación, "debido a que permitieron mantener la actividad de una discoteca ilegal pese al cierre ordenado por Medio Ambiente en 2004".

El fallo es ejemplarizante para el resto de ayuntamientos y también para la sociedad española en su conjunto, si creemos que la impartición de justicia ha de ser ejemplar y didáctica para que sirva de referencia y modelo de conducta, y que todos somos iguales ante la ley. Para ello, la ejemplaridad ha de ser norma general, no excepcional en un determinado caso, demarcación judicial o circunstancias; de la misma manera, deben las sentencias penalizar a todos los responsables y ser dictadas y conocidas en el menor tiempo posible desde la comisión del injusto.

La consecución de la ejemplaridad compete principalmente a la Administración de Justicia, pero también a la ciudadanía respecto de las infracciones normativas (se toleran o se denuncian), a la actuación profesional de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a la diligencia y eficacia de la Fiscalía, y también a la intervención del Gobierno reinante, que puede o no ejercer su capacidad para modificar el cumplimiento de las sentencias.

El caso administrativo concreto no lo conozco, sí a varios imputados sancionados, de uno y otro lado de la corporación, y por mi desconocimiento planteo las siguientes reflexiones respecto al grado de ejemplaridad que realmente pueda conseguir esta acatada sentencia: afecta a una discoteca de pueblo de una provincia periférica, caso muy distinto a los muchos procesos judiciales abiertos en el resto de España, de mucho mayor protagonismo, calado, alcance mediático y daños, por lo que serán estas otras futuras sentencias las que pudieran alcanzar, al ser dictadas, mayor nivel de ejemplaridad.

Sabemos que en muchos municipios hay desde hace años muchas construcciones y actividades no legalizadas. ¿Deben todos los alcaldes o todas las corporaciones afectados considerarse inhabilitados por extensión de esta sentencia? Este efecto si que otorgaría el adjetivo de ejemplar a la sentencia mencionada. La noticia de Efe no menciona nada respecto al empresario, pero no podría imaginar que el autor de la actividad prohibida por Medio Ambiente no hubiera sido sancionado judicialmente, ahora o antes, pues estaríamos consiguiendo indirectamente desalentar la voluntad de servicio público de los ciudadanos y ciudadanas. En los pueblos, como Losar de la Vera, y en las ciudades pequeñas de España, esta última puede ser la importante consecuencia social y representativa conseguida en estos casos.