VIVIENDA HABITUAL

Las familias con problemas económicos pueden recibir ayudas para sufragar los gastos que supone el mantenimiento de la vivienda habitual, tales como alquiler, hipotecas, gastos de comunidad, agua y energía y sustitución de mobiliario. Se concede el 60% del importe solicitado, hasta un máximo de 1.200 euros.

NECESIDADES BÁSICAS

Las ayudas de emergencia social contemplan cuantías desde los 500 a los 1.400 euros, dependiendo de los miembros de la familia, para cubrir gastos de alimentació básica o específica por razones de salud. Para el vestuario y el calzado, se concede el 60% de lo solicitado, hasta un máximo de 400 euros.

DEUDAS CONTRAÍDAS

Las deudas contraídas anteriormente a la concesión de la ayuda de emergencia para sufragar gastos de alquiler, gastos corrientes, alimentación o ropa y calzado también pueden obtener subvenciones de hasta el 60% del importe solicitado, con un máximo de 1.200 euros.

ASISTENCIA SANITARIA

Los gastos por asistencia sanitaria no cubiertos por el SES, previo informe y valoración de la Consejería de Salud, pueden obtener ayudas de entre 400 y 900 euros. Se incluyen prótesis auditivas y dentales, gafas, prótesis ortopédicas y medicamentos no cubiertos por el SES.