El titular del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, Andrés Sánchez Magro, ha desestimado la demanda presentada por los hermanos Ramón, María Jesús y Rosario Areces Fuentes contra El Corte Inglés, lo que les obliga a vender sus acciones a la empresa por 16.527.145 euros. La sentencia niega que se haya vulnerado el mecanismo para la determinación del valor de los títulos, como sostenían los hermanos Areces, y subraya que "el procedimiento de fijación del precio de las acciones y su ulterior concreción han sido correctos".

María Jesús Areces deberá vender sus 76.491 acciones por 6.189.349 euros; Rosario Areces, 77.597 títulos por 6.200.776 euros, y Ramón Areces, 51.771 acciones por 4.137.020 euros en un plazo de 30 días. Los demandantes, que tendrán que pagar las costas, acusaban a la empresa de vulnerar el procedimiento para vender acciones.

Esta sentencia se conoce cuatro días antes de que la Audiencia Provincial de Madrid estudie el recurso de El Corte Inglés contra el fallo del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid que dio la razón al cuarto hermano, César Areces, y obligó a El Corte Inglés a pagar un total de 98,52 millones por el 0,68%.