Las personas físicas o jurídicas que tengan más del 0,25% del capital social de títulos financieros en negociación en posiciones cortas deberán detallar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) las características de estas inversiones. El regulador emitió ayer una nota en la que recuerda que no se pueden realizar ventas a corto descubiertas, lo que significa vender valores antes de poseerlos. Esta medida, que pretende frenar la especulación con las acciones del sector financiero, comenzará aplicarse de forma temporal a partir del 24 de septiembre y sin fecha de conclusión.

Las personas que superen el 0,25% de su capital negociado deberán comunicar a la CNMV la identificación del declarante, la fecha de la declaración y las posiciones cortas resultantes, en cada uno de los valores afectados: Banco de Andalucía, Castilla, Crédito Balear, Galicia, Guipuzcoano, Pastor, Popular, Sabadell, Santander, Valencia, Banco de Vasconia, Banesto, Bankinter, BBVA, CAM, Grupo Catalana Occidente, Mapfre, Inverfiatc, BME y Renta 4.

También las autoridades reguladoras de Bélgica y Holanda comenzaron a aplicar ayer la prohibición de las operaciones especulativas a corto plazo denominadas ventas al descubierto para proteger la cotización de las grandes entidades financieras, informa Eliseo Oliveras.