La nueva norma aprobada ayer por el Gobierno establece una serie de garantías para las personas que deseen contratar una hipoteca inversa --una cantidad mensual a cambio de su vivienda--. Exige que tengan más de 65 años o padezcan una situación de dependencia. No perderán la propiedad de su casas y podrán vivir en ellas hasta su fallecimiento. Las entidades que concedan estos préstamos deberán prestar asesoramiento al jubilado o dependiente a través del defensor del cliente o de otros mecanismos que determine Economía. Los herederos sólo responderán de la deuda pendiente hasta el total de la herencia y se establece un régimen de exenciones tributarias.

La ley también regula el seguro de dependencia que cubre los costes de asistencia de una persona cuando no puede valerse por sí misma. Estas pólizas se podrán establecer de manera individual y colectiva.

Por último, el Gobierno obliga a las sociedades que tasan las viviendas para la concesión de un préstamo que sean independientes de los bancos y establece un régimen sancionador.