Las entidades financieras podrán cobrar como máximo el 0,5% en concepto de comisión por cancelación anticipada de las nuevas hipotecas a tipo variable. Este 0,5% es la mitad de la actual comisión máxima, del 1%, que se aplica cuando se cancela una hipoteca variable de forma definitiva. La actual comisión del 0,5% que se aplica cuando se cancela una hipoteca para suscribir otra mejor (subrogación) permanecerá invariable. La rebaja es una de las medidas previstas en el borrador de la ley de reforma hipotecaria para favorecer la competencia. Además, según fuentes del Gobierno, se abaratarán las comisiones registrales para la subrogación (cambio de titular de una hipoteca).

El borrador de la nueva ley será sometido a información pública esta semana y podría entrar en vigor a mediados del 2007, cuando culmine su tramitación parlamentaria. Solo afectará a las nuevas hipotecas.

NUEVO CONCEPTO En realidad, desde el punto de vista de la cancelación, desaparecerán los conceptos de hipotecas a tipo fijo, variable o mixto. En lugar de comisión de cancelación, se llamará "penalización por tipos de interés" y será del 0,5% si, en el momento de liquidar la hipoteca, estaba pendiente una revisión de los tipos antes de un año (es el concepto que más se asemeja a las actuales hipotecas a tipo variable).

Si la revisión de tipos debía producirse después de transcurrido un año (caso de las actuales hipotecas a tipo mixto o a tipo fijo, que no tienen revisión), la comisión por cancelación seguiría como en el régimen actual: no hay tope, pero existe un pacto de caballeros entre entidades para no sobrepasar el 2,5%.

El Gobierno interpreta que este nuevo esquema favorecerá la oferta de hipotecas a tipo mixto que ahora no resultan interesantes para las entidades por el elevado riesgo que asumen y la baja comisión que llevan aparejada (el 0,5% o el 1%).

En todo caso, la nueva ley eliminará la posibilidad de cobrar comisión de cancelación en las hipotecas a tipo fijo si el interés se sitúa por encima de aquel al que fueron concedidas. La medida impedirá a bancos y cajas cobrar comisiones por cancelación anticipada cuando se produzca "una ganancia de capital" para la entidad, según el borrador.

La reforma de mayor calado que abordará el texto legal tiene que ver con el desarrollo de las llamadas hipotecas inversas, que permitirá a los jubilados obtener de una entidad financiera una renta vitalicia con la garantía de su vivienda. En el Gobierno existe la idea de que este nuevo producto financiero tardará en calar entre los jubilados y sus herederos; sin embargo se considera que, con un adecuado sistema de garantías, se puede convertir en buena opción para personas cuyo único ahorro en su vida ha sido el de su vivienda.

MAS TRANSPARENCIA La ley de reforma del mercado hipotecario pretende introducir mayor transparencia en el mercado como antídoto frente al sobreendeudamiento en determinadas familias, en un contexto de bajos tipos de interés. El ministro de Economía, a través de una orden prevista en la nueva ley, obligará a bancos y cajas a dar a sus clientes, por escrito, información sobre cómo podría evolucionar la cuota de su hipoteca, en función de las posibles oscilaciones en los tipos.

Las facilidades que dan las firmas de reunificación de créditos también preocupan al Gobierno, que ven en ellas un incentivo más al endeudamiento de muchas familias. Estas entidades ofrecen agrupar las deudas a cambio de una rebaja en la cuota mensual que, por lo general, se logra gracias al alargamiento de los plazos de amortización. A veces estas entidades cobran elevadas comisiones. La nueva ley introducirá obligaciones de mayor transparencia para ellas.