Llevar un trozo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a Cataluña o delegar sus competencias en un órgano nuevo y diferente.

Desconcentrar --concepto exclusivo del Derecho Administrativo que no aparece en el diccionario-- da nombre a la primera posibilidad y sería lo máximo que podrían soportar los detractores de las pretensiones del Estatuto catalán en materia de justicia. "Descentralizar" es el verbo que pone los pelos de punta al grueso de la judicatura, pero con el que tiene que lidiar y al que intenta conjurar con empeño. Así, la diferencia, en principio sutil, no es ni mucho menos banal.

Sobre todo en los círculos de catedráticos de Derecho Constitucional, que ayer analizaban con lupa el estudio hecho público el lunes por el CGPJ sobre el proyecto de Estatut en materia de justicia. El órgano de control de los jueces halló 17 motivos de inconstitucionalidad.

El debate, denso y lleno de matices, no es ajeno a los expertos. Para unos, el estudio del CGPJ es demagogo y carente de base jurídica. Para otros, los menos, se ajusta perfectamente a lo que sucedería en el caso de que el proyecto autonómico llegara a concretarse.

Pero, a modo de arranque, merece la pena recoger la opinión de la vocal progresista del Consejo General del Poder Judicial, Montserrat Comas.

"Es un estudio político", argumenta Comas, para añadir: "Sin olvidar que el CGPJ ha establecido un pulso innecesario y grave con el Parlamento". "Las Cortes no sólo no han pedido el informe, sino que lo han rechazado", puntualiza.

Acto prevaricador

De ahí la única consideración del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla Javier Pérez Royo. "No creo que se deba analizar el contenido del informe, porque eso supondría admitir la legitimidad de su emisor", considera el experto, para sentenciar: "La emisión del informe es un acto materialmente prevaricador".

Pero hay catedráticos que ayer, lejos de parapetarse en este extremo, se prestaron a analizar el contenido del estudio.

"El informe confunde la unidad con la centralización", argumentó el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Girona Xavier Arbós para añadir: "El proyecto de Estatut, tal y como sostiene el informe, no sienta las bases de un poder judicial catalán". "Ni tan siquiera pretende el mismo Estatut --añade-- hacer efectivas las principales reformas en este campo, sino que apunta que sean realizadas por las Cortes Generales".

En la misma línea, Enoch Albertí, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, apunta que "el Consejo de Justicia se configura expresamente como un órgano desconcentrado del CGPJ y, con ello, una mayor proximidad en el gobierno de la Administración de Justicia". "Se pretende adaptar la Administración de Justicia a la estructura territorial de España y al Estado autonómico".

La catedrática acreditada de Derecho Constitucional de la Universidad Internacional de Cataluña Montserrat Nebrera, jueza suplente, es la que avaló el informe del CGPJ al partir de la base de que el Estatut "apunta a la creación de un poder judicial propio". "Lo más criticable del proyecto --dice-- es su intención". "El principio inspirador no es la eficacia, sino ampliar el autogobierno en el ámbito en que la Constitución no lo ha previsto".