El actual Código Penal castiga el delito de pertenencia a banda armada con penas que oscilan entre los 6 y los 12 años de cárcel. Ese delito se agrava si se considera que la integración es en grado de dirigente. En este caso, esa pertenencia está castigada con penas de entre 8 y 14 años de cárcel. El delito de amenazas terroristas está castigado con penas que oscilan entre los 10 y los 15 de prisión.

El Código Penal impide la aplicación automática de beneficios y permite un cumplimiento máximo de 40 años para los terroristas.