Los contribuyentes con discapacidad acreditada superior al 33% pueden aumentar su mínimo personal y familiar, que es aquella parte de la renta que no está sometida a tributación. Para cada contribuyente este mínimo es, con carácter general, de 5.550 euros, ampliable en otros 1.150 euros si se superan los 65 años y en 2.550 euros si se sobrepasan los 75 años. Cuando aparte tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% pero inferior al 65% podrá aumentar este mínimo en 3.000 euros. En el caso de que el grado de discapacidad del contribuyente sea igual o superior al 65%, serán 9.000 euros. Además, en concepto de gastos de asistencia, es posible sumar 3.000 euros adicionales siempre que se acredite necesitar ayuda de terceras personas o una movilidad reducida. El mismo importe puede agregarse si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%.