Hasta ahora, no era posible mantener una oficina de farmacia cuando su titular cumplía 70 años. Había que venderla o cederla o, por el contrario, se perdía la licencia. Un nuevo decreto aprobado por el Gobierno regional el martes pasado y que entró ayer en vigor cambia esta regla. Se pasa a entender que una farmacia también es un negocio regentado por un autónomo que puede mantenerse con independencia de su edad pero siempre y cuando contrate a uno o dos farmacéuticos adjuntos en función del volumen de recetas dispensadas: hasta 60.000 al año un adjunto; hasta 85.000 dos adjuntos.

Según el presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Extremadura, Cecilio Venegas, se logra respetar la propiedad del titular y, a la vez, se mejora la calidad asistencial contratando a personal más joven. Una farmacia, entiende Venegas, es un establecimiento privado de interés público, no se trata de una empresa, aunque el fin sea el mismo. De esta manera, no se puede obligar a su titular, en este caso el empresario, a jubilarse si no quiere. En consecuencia, se ha consensuado con la administración esta fórmula mixta que logre contentar a las dos partes. Si en 1996 una ley regional prohibió la venta o traspaso de farmacias y este aspecto fue declarado inconstitucional más tarde, quedó pendiente el aspecto de la jubilación de su titular que finalmente ahora se soluciona dándole visos de legalidad.