La reforma de la Ley del Suelo de Extremadura pactada por PSOE y PP hace un año para amparar la legalidad urbanística del proyecto Marina Isla de Valdecañas puede quedarse en papel mojado en este caso. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado un auto en el que, además de ordenar la paralización de las obras y la actividad en sus instalaciones previo pago de una fianza por parte de Ecologistas en Acción, establece que la reforma legal no es aplicable a este caso.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) considera en este pronunciamiento que la reforma introducida en el artículo 11 de la Ley del Suelo en abril del año pasado "no tiene eficacia retroactiva y, por tanto, no era aplicable al Proyecto de Interés Regional" (PIR) de Valdecañas. Pero además los magistrados advierten de que tampoco afecta a esta iniciativa empresarial el proceso de homologación urbanística aprobado por la Junta el pasado mes de septiembre y que se incluye en la Disposición adicional de la reforma. Es decir, advierte a la Junta, a los ayuntamientos de El Gordo y de Berrocalejo y a la empresa Marina Isla de Valdecañas de que ese cambio normativo no es suficiente para ajustar el proyecto a la legalidad, dado que la legislación aplicable es la que se utilizó antes para autorizar la construcción de complejo urbanístico.

De esta forma el TSJEx viene a negar que la modificación de la Ley del Suelo pueda utilizarse para tumbar las dos sentencias que este tribunal dictó el año pasado contra el PIR de Valdecañas. En ellas declaro nula la figura urbanística del PIR y su declaración para este caso concreto, ordenando la reposición de los terrenos a su situación natural pese a que ya se había realizado en esta isla del pantano de Valdecañas gran parte de la urbanización de lujo proyectada por la empresa promotora (con hoteles de cuatro y cinco estrellas, viviendas, apartamentos, un campo de golf, puerto, playa artificial e instalaciones deportivas). A raíz de esos pronunciamientos judiciales, la Junta, el PSOE y el PP impulsaron, consensuaron y aprobaron la revisión de la Ley del Suelo para permitir desarrollar este tipo de proyectos en suelo no urbanizable de zonas protegidas por la Red Natura 2000 --como era el caso de Valdecañas--.

PARALIZACION Y FIANZA Las sentencias del TSJEx que anulaban el PIR fueron recurridas por Marina Isla Valdecañas, la Junta y la Diputación de Cáceres --en representación de los dos ayuntamientos afectados--. El Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado sobre ellas. Pero sí lo han vuelto a hacer los magistrados extremeños que, en un auto dado a conocer ayer y dictado el pasado día 13, ordenan paralizar las obras y prohíben la ocupación y el uso de las instalaciones ya existentes (un hotel de cuatro estrellas, 185 villas y las instalaciones deportivas) hasta que el Supremo se pronuncie. No obstante, este auto no es automáticamente aplicable, sino que el TSJEx lo condiciona al pago de una fianza por parte de la organización Ecologistas en Acción. Por tanto, Isla Valdecañas puede mantener su actividad normal mientras el colectivo conservacionista no deposite en el juzgado el dinero.

El importe de la fianza todavía no está decidido. Los magistrados reconocen carecer de criterios para cuantificarla y han instado a las partes a un encuentro en el que se pongan de acuerdo. Si no lo hacen, serán de nuevo los jueces quienes tengan que establecer la cifra. De momento no hay fecha para esa reunión, pero las posiciones están muy alejadas. Mientras el gerente de Isla de Valdecañas, Miguel Oñate, hablaba ayer de un importe "millonario" y proporcional a la inversión realizada (140 millones de euros, más otros 50 millones pendientes de ejecución), el abogado del grupo ecologista, José María Trillo, abogaba por una cuantía "en arreglo a nuestros limitados recursos". De hecho, Ecologistas en Acción, que presentó esta petición de aplicación provisional de las sentencias del TSJEx para evitar que el proyecto continúe avanzando, solicitaba en su escrito inicial que no se fijase fianza alguna.

La fianza es una condición habitual en este tipo de procedimientos y co ella se pretende garantizar que la parte demandante (Ecologistas en Acción) puede cubrir los costes y daños que la paralización de las obras y la actividad tenga para la empresa promotora en caso de que el Supremo tumbe las sentencias del TSJEx y ratifique la legalidad del complejo urbanístico.