El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado hoy el decreto que fija la regulación de las subvenciones autonómicas para el alquiler de viviendas, y que se articulan en tres planes: fomento del alquiler, ayuda urgente para afectados por ejecuciones hipotecarias y bolsa privada de viviendas para alquiler asequible.

Si bien estos programas comparten similitudes, su trasfondo y los objetivos perseguidos son diversos, han informado hoy fuentes del Gobierno regional.

En aras de una mayor transparencia y con vistas a optimizar la gestión de las distintas ayudas, se hace aconsejable regular todos los programas de alquiler en un texto único.

Para las familias afectadas por desahucios, el programa tiene por objeto financiar el pago del alquiler a aquellas que, reuniendo los requisitos para la adjudicación directa de una vivienda de promoción pública, no han podido acceder a la misma y precisan urgentemente de una ayuda pública que les permita pagar el alquiler de una vivienda hasta la efectiva adjudicación de una vivienda de promoción pública.

Este programa da cobertura a la línea de ayuda urgente al alquiler creada por la Ley 7/2016, de 21 de julio, de Medidas Extraordinarias contra la Exclusión Social, con el fin de dar una solución habitacional urgente e inmediata a las familias afectadas por ejecuciones hipotecarias.

En este caso, la cuantía mínima de la ayuda es el 60% de la renta mensual. La cuantía de la ayuda podría alcanzar el 100 por cien en determinados supuestos.

El programa de Bolsa Privada de Viviendas tiene por objeto facilitar el arrendamiento de viviendas a colectivos necesitados de especial protección, procurando su acceso a esta bolsa para el alquiler asequible y financiando una parte del precio del alquiler en proporción al poder adquisitivo de las personas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las familias o unidades de convivencia con cargas familiares (hijo menor o mayor de edad, persona con discapacidad o mayor de 65 años a su cargo) y la cuantía de la ayuda podría llegar al 80% de la renta en ciertos supuestos.

Por último, el programa de Fomento del alquiler de viviendas tiene por objeto facilitar el arrendamiento de viviendas libres o de protección oficial a sectores de población con dificultades para hacer frente al precio del alquiler.

Como novedad, se reduce el límite máximo de ingresos de los beneficiarios a 2,5 veces el Iprem, con el fin de garantizar que el crédito presupuestario disponible alcance a quienes más lo necesitan.

Por otra parte, se amplía el universo de beneficiarios que disfrutarán de una protección preferente.

Así, se incorporan aquellas beneficiarias individuales que reúnan la condición de mujer mayor de 60 años, así como también las víctimas de trata con fines de explotación sexual y/o prostitución.