El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión de la Ley de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Extremadura, según señaló ayer el Ejecutivo extremeño en una nota de prensa. La Junta considera que este órgano judicial "vuelve a corregir la actitud antiautonomista de Gobierno del Partido Popular".

La Administración autonómica asegura que el TC no encuentra razones para suspender el artículo 2 de la citada ley, que impone una calidad mínima en el suministro igual para todo el territorio, sea rural o urbano. En este sentido, el tribunal argumenta en su auto que "el sistema de tarifas únicas de la Ley del Sector Eléctrico incluye en su seno la posibilidad de incrementos de costes en lo relativo a la calidad de los suministros, pues, en caso contrario, las zonas deficitarias no verían mejorada su situación".

Tampoco está a favor de suspender el artículo 7.3.a de la ley -que obliga a reducir en un 20 por ciento la factura de los usuarios cuando existan interrupciones en el suministro superiores a una hora-, como era intención del Abogado del Estado.

VIGENCIA

Por último, el Constitucional declara plenamente vigente el artículo 9.5 de la Ley de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Extremadura -que impone a las eléctricas una fianza del 1% de su facturación anual para garantizar la calidad del suministro eléctrico-, ya que siendo su finalidad garantizar la prestación de un servicio de calidad, señala que "sus prescripciones no pueden ceder ante la posibilidad de su incidencia tarifaria".

Ante el contenido del auto, la Junta muestra su satisfacción, porque levanta la suspensión que pesaba sobre la ley, por la contundencia de los argumentos en que se fundamenta, y porque pone en evidencia la endeblez del Gobierno, "que al impugnar esta norma parece empeñado en supeditar el interés de los extremeños al de la patronal eléctrica".