Secretario general

de Educación

Es totalmente falso, como se está afirmando desde ciertos colectivos de padres los últimos días en los medios de comunicación, que la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura haya cambiado los exámenes de junio a septiembre. Desde que se creó la Educación Secundaria Obligatoria en el año 90, no han existido pruebas extraordinarias ni en junio ni en julio ni en septiembre. Los alumnos son evaluados por el procedimiento de evaluación continua, teniendo las pruebas de evaluación insertas en el propio proceso de enseñanza aprendizaje durante todo el periodo escolar ordinario. No se debe confundir la Educación Secundaria Obligatoria con la Secundaria Postobligatoria, que es el Bachillerato o la Formación Profesional, las únicas enseñanzas en las que se han mantenido y se mantendrán exámenes en septiembre.

La evaluación es un componente más del proceso enseñanza-aprendizaje de los alumnos. La evaluación continua significa que el profesor tiene a su alcance un instrumento para averiguar en todo momento si el alumno está aprendiendo lo que se ha planificado y si el sistema de enseñanza previsto está respondiendo o hay que modificarlo, es decir, la evaluación continua supone que se evalúa constantemente el trabajo del alumno a lo largo del curso escolar, tanto en conocimientos cognitivos y procedimentales como actitudinales, y perdería su sentido si equiparamos ese resultado final de todo un curso, con el resultado de un examen de una o dos horas en el mes de septiembre. Por tanto, desvincular este proceso de evaluación del periodo normal de enseñanza, es decir, poner los exámenes en septiembre, es totalmente contrario a la concepción de evaluación continua, (que también propone la LOCE).

Parece, pues, razonable, conjugar el proceso normal de aprendizaje con el proceso de evaluación, que no tiene por qué excluir las pruebas objetivas. Por consiguiente, llegado el mes de junio, nos encontraremos alumnos que con su esfuerzo diario habrán alcanzado todos los objetivos, y otros que no habrán conseguido algunos. Pues bien, durante ese mes, los primeros podrán seguir ampliando y profundizando sus conocimientos (y mejorando la calificación) y, los segundos, con las orientaciones de sus profesores y tutores, dedicarán el último esfuerzo a recuperar los objetivos no alcanzados.

Así pues, tenemos que concluir que los exámenes tradicionales, que no sirven para valorar ni las actitudes, ni el esfuerzo, ni el progreso, ni los hábitos de estudio, ni el trabajo en equipo, ni los hábitos saludables, ni la capacidad de búsqueda y selección de información, ni el ejercicio de los derechos y deberes, ni... ni... no podemos considerarlos como un instrumento de evaluación para los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria propuestos por la propia ley. Por tanto, en la Educación Obligatoria, que significa que es para todos los alumnos y gratuita, el hecho de trasladar las pruebas extraordinarias de recuperación a septiembre es llevar a esta enseñanza obligatoria mecanismos que estaban pensados para los niveles educativos no obligatorios y selectivos, como el Bachillerato.