No habrá juicio oral en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por el caso de viviendas ilegales sin derribar en la sierra Santa Bárbara de Plasencia. Es más, el juez ha dictado un auto por el que ordena -en contra de la petición de la Fiscalía y de la mayor parte de lo solicitado por el ayuntamiento- el sobreseimiento de la causa para los exconcejales de Urbanismo: la actual diputada regional de Ciudadanos, Victoria Domínguez, Mónica García y Francisco Barbancho.

Solo mantiene el caso abierto para la exalcaldesa de Plasencia, Elia Blanco, pero al no ser esta aforada, la decisión del tribunal es devolverlo al juzgado de Instrucción número 1 de Plasencia para que continúe la instrucción, por si los hechos fueran constitutivos de un «delito de prevaricación administrativa omisiva». El juez declarado la prescripción del delito relativo a la omisión del deber de promover la persecución de hechos delictivos para todos los acusados.

Al devolver el caso al juzgado placentino, el auto apunta la posibilidad de ampliar la temporalidad de la causa y de las personas que pudieran ser investigadas. Esto abre la puerta a una hipotética investigación sobre el actual alcalde, Fernando Pizarro, lo que Victoria Domínguez ha pedido reiteradamente en sus recursos.

A su vez, el juez ordena quedar sin efecto cualquier medida cautelar que hubiera podido haber sido adoptada respecto a la situación personal o patrimonial de los acusados.

los motivos / El motivo que esgrime el auto, con fecha de ayer, para ordenar el sobreseimiento para los concejales es que estos no tenían las competencias delegadas por la alcaldía para ordenar el derribo de las viviendas ilegales. Se basa en los certificados del secretario municipal que así lo afirman, pero también en que la emisión de las resoluciones de los expedientes administrativos «siempre aparezcan suscritas por la alcaldesa de Plasencia (nunca por el concejal de Urbanismo)» y porque la misma Blanco, en su declaración, señaló que estas eran «materias acotadas y reservadas, de imposible delegación y es por ello que no cabe confundir una delegación general de funciones con la capacidad de emitir resoluciones administrativas presuntas, que pudieran justificar la comisión de un delito de prevaricación administrativa por omisión».

El juez rebate la presunta «connivencia» esgrimida por el fiscal entre la exalcaldesa y los exconcejales y apunta que, si alguno de los concejales hubiera ordenado demoliciones sí habría incurrido en prevaricación al no ser competentes para ello.

Es lo que subrayó ayer la diputada Victoria Domínguez en Canal Extremadura Radio: «es lo que veníamos diciendo, una persona que no tiene competencias para dictar resoluciones de este tipo tampoco puede hacerlo por omisión». Contra este auto se puede presentar recurso de apelación y el alcalde ha señalado a Efe que el gobierno municipal y los servicios jurídicos municipales «profundizarán en los próximos días» en el auto para hacer valoraciones, al tiempo que ha mostrado su «respeto absoluto» y ha pedido «prudencia». La defensa de Mónica García ha manifestado su satisfacción por la decisión judicial y no recurrirá y Elia Blanco ha dicho que, antes de pronunciarse, debe estudiar el auto con su abogado.