La Junta de Extremadura declara época de peligro medio de incendios forestales en la Zona de Coordinación del Plan Infoex de Monfragüe-Ambroz, Jerte y Tiétar, ante a ausencia prolongada de lluvias y el viento intenso.

Es la segunda vez en pocos meses que la Junta de Extremadura se ve obligada a declarar época de peligro medio de incendios en esta zona del norte de la provincia de Cáceres debido a la existencia de unas condiciones meteorológicas adversas.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la orden, recogida por Efe, en la que se explica que el decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (INFOEX), establece la posibilidad de declarar, dentro del periodo de peligro bajo, una época de peligro medio si la reiteración de incendios y las condiciones meteorológicas lo aconsejan.

En esta época de peligro medio se podrán limitar o prohibir totalmente las quemas y otras actividades que supongan riesgo de incendios forestales, mediante orden del titular de la consejería competente en materia de incendios forestales.

La orden subraya que en el momento actual se da la circunstancia de unas condiciones meteorológicas marcadas por la ausencia prolongada de precipitaciones "y la presencia de una masa de aire continental de carácter muy frío y seco, que vendrá acompañada de vientos intensos".

Asimismo, el Gobierno regional estima que las previsiones apuntan a una continuidad de la sequía meteorológica con unas condiciones similares a la actual.

Todo ello hace que sea necesario disponer del máximo despliegue de medios del Plan Infoex de esta zona de coordinación para atender con la debida garantía las incidencias que pudieran surgir.

Por todo ello, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía ha declarado, a partir del 7 de febrero, época de peligro medio de incendios forestales en la Zona de Coordinación del Plan Infoex Monfragüe-Ambroz, Jerte y Tiétar.

En ellas será de aplicación las prohibiciones, limitaciones y autorizaciones previstas en el artículo 32, 33, y 34 y 35 del Decreto 52/2010, por el que se aprueba el Plan Infoex.

Asimismo, las autorizaciones de quemas y demás operaciones previstas en el artículo 33 del citado Decreto quedarán sin efecto tras la publicación de esta orden.