En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, podrán heredar entre un tercio y el 50% de todos los bienes, salvo que haya separación previa.

Podrá aumentar la de jubilación si tiene un cónyuge a su cargo y el superviviente podrá ser beneficiario de la de viudedad.

Podrán hacer la declaración de IRPF conjunta y disfrutar de las rebajas fiscales.

Tendrán derecho a traslados si la pareja trabaja en la misma empresa con permisos a la vez.

Tendrán derecho de residencia y a la reagrupación familiar cuando el cónyuge sea extranjero.