La ley de cohesión del sistema nacional de salud, aprobada el 26 de mayo del 2003, recoge el derecho de los sanitarios de disponer de una carrera profesional, es decir, el derecho a "progresar como reconocimiento a su desarrollo profesional, a su conocimiento, experiencia en tareas asistenciales y en investigación", entre otros.

El 21 de noviembre del 2003 se aprobó otra ley de ordenación de profesiones sanitarias, que hace referencia a que las diferentes administraciones han de regular sus propios centros, siguiendo una serie de principios. Por ejemplo, la estructura en cuatro niveles (aunque es opcional poner más niveles), los cinco años necesarios para pasar de categoría o los dos que hay que esperar para presentar otra nueva solicitud si la evaluación ha sido negativa.

También existe un estatuto marco de la profesión, que se aprobó el 17 de diciembre, y que recoge todos los criterios generales de la carrera profesional. Establece que será la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud la que establezca la homologación del nuevo sistema en los diferentes servicios de salud, a fin de que haya una libre circulación de los sanitarios.